1. Los espacios y materiales de la zona audiovisual de La Gota de Leche podrán ser utilizados por jóvenes de 16 a 35 años preferentemente y por asociaciones juveniles o instituciones que lo soliciten. En caso de que los solicitantes sean grupos, al menos la mitad mas uno de sus componentes deberán cumplir el requisito de edad. Cuando todos los componentes del grupo sean menores de edad, será imprescindible contar con un responsable mayor de edad (el solicitante) que deberá encontrarse siempre presente durante la actividad.
  2. Cuando existan varias solicitudes para el mismo espacio o material en las mismas fechas, se priorizarán a criterio municipal según el número de componentes, edades, trayectoria, participación activa, etc.
  3. La aceptación de la solicitud podrá estar condicionada a la realización de una o varias sesiones formativas previas, si se estima oportuno. Las cesiones de espacios contarán con la asistencia y supervisión de los técnicos adscritos al servicio.
  4. El contenido y desarrollo de la actividad deberá respetar la legalidad vigente y carecer de ánimo de lucro. En cualquier difusión del soporte obtenido deberá citarse expresamente que fue desarrollado, editado y/o grabado en La Gota de Leche del Ayuntamiento de Logroño.
  5. En el estudio de grabación podrán grabarse un máximo de 2 temas por grupo o solista cada 6 meses.
  6. Los contenidos de cualquier proyecto elaborado en las instalaciones o con los medios de La Gota de Leche serán responsabilidad exclusiva de los usuarios que lo desarrollan y del responsable solicitante. La Unidad de Juventud se reserva el derecho de cancelar la cesión y dar por finalizada la actividad si considerase inadecuados los contenidos de la misma.
  7. Se exigirá un uso racional y correcto de todos los materiales e instalaciones siendo responsabilidad de los usuarios cumplir y hacer cumplir las normas. Los desperfectos causados por un mal uso en los espacios, mobiliario o en los materiales prestados (incluida la pérdida de los mismos) serán reparados o restituidos por los solicitantes o, en su caso, por el Ayuntamiento de Logroño que reclamará el importe al responsable de la solicitud.
  8. La recogida y devolución de los materiales se realizará en los plazos exactos indicados en la solicitud. En el momento de la entrega por parte de los responsables del Centro, el solicitante dejará constancia de su perfecto estado. A su devolución se realizará una valoración del estado de los mismos y si apareciera algún desperfecto con anterioridad al siguiente uso podrá atribuirse a la utilización precedente. El tiempo máximo de cesión de los materiales será de 7 días hábiles.
  9. Será por cuenta de los usuarios la eliminación de residuos y el orden de los espacios tras su utilización , debiendo dejarse en las mismas condiciones en que se encontró. La deficiente limpieza u orden de las instalaciones se cuantificará como un desperfecto en el caso de que el grupo no subsane este aspecto. No se permite ingerir comidas o bebidas en las instalaciones y se recuerda que, de acuerdo con la normativa vigente, está prohibido fumar en las mismas.
  10. La aceptación de la solicitud implica una vinculación con el espacio por parte de los usuarios, que se comprometen a asistir a reuniones y/o convocatorias planteadas por el Ayuntamiento de Logroño.
  11. Los proyectos elaborados en los espacios cedidos o con sus medios, podrán ser incluidos en memorias audiovisuales y/o en soportes que se elaboren con fines de difusión, promoción o información de la Unidad de Juventud del Ayuntamiento de Logroño.
  12. El incumplimiento de alguna de estas normas supondrá la suspensión de cesiones durante el tiempo que La Unidad de Juventud estime oportuno dependiendo de la gravedad o de la reiteración en el incumplimiento de normas.
  13. La Unidad de Juventud se reserva el derecho de establecer otra normativa adicional si lo estimara oportuno con el fin de facilitar la consecución de los objetivos municipales.